En Gaceta Oficial N° 42.943, publicada el 16-08-2024, apareció la resolución conjunta DM/N° 006-24 del Ministerio de Pesca y Acuicultura, DM/N° 053 del Ministerio para el Ecosocialismo, y DM/N° 031 del Ministerio de Atención de las Aguas, fechada el 12 de agosto pasado. En este instrumento legal se actualizan las normas para el cultivo de cíclidos del género Oreochromis en el territorio venezolano, derogando la resolución previa publicada en gaceta oficial N° 36.204 y fechada el 13 de mayo de 1997 (MAC N° 117 / MARNR N° 70). De manera específica, en la resolución se establecen que las especies de tilapias susceptibles de ser cultivadas son la nilótica o chitralada (O. niloticus) y la roja.
Se establecen en la normativa las pautas que deberán seguirse para la reproducción, venta de alevines, crianza, importación, cuarentena, vigilancia y control, movilización, prevención de escapes y bioseguridad con relación a la tilapicultura. Asimismo, se establecen responsabilidades administrativas, civiles y/o penales para quienes infrinjan estas regulaciones.
Una novedad de esta resolución es la posibilidad de aprovechamiento de embalses para el cultivo de tilapia, con la excepción de aquellos destinados a abastecimiento de agua para consumo humano. Esta medida en particular se espera que pueda impulsar sustancialmente la producción piscícola nacional, con sus esperados efectos positivos sobre la seguridad alimentaria, diversificación económica y generación de divisas.
Desde la Sociedad Venezolana de Acuicultura, esperamos que este instrumento legal ofrezca una base legal sólida para el fortalecimiento de ese importante rubro acuícola. Para efectos de consulta, pueden descargar la gaceta mencionada en el vínculo: